PRORROGA DE LA CONCESION DE LA TERMINAL FLUVIO MARITIMA DE PASAJEROS DEL PUERTO DE MONTEVIDEO




Promulgación: 29/11/2005
Publicación: 07/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1287

2

 El concesionario deberá dar estricto e íntegro cumplimiento además al
Anexo denominado "Condiciones Generales de Inversión", actualizado por la
Administración Nacional de Puertos, que forma parte de la Resolución de
su Directorio No. 249/3381 de 16 de agosto de 2005 y que también se
considera parte integrante de la presente resolución, con excepción de lo
previsto en el literal a) del numeral 1 del citado anexo y con las
salvedades expuestas en el considerando 11 relativas a servicios a
cruceros.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
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