Ver vigencia: Resolución Nº 18/998 de 09/01/1998 numeral 1.
2
La desafectación a que refiere el artículo anterior queda condicionada
a la presentación por los interesados ante la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación para su aprobación del Proyecto definitivo respecto
de las viviendas y desarrollo del área, cuya construcción se pretende;