DECLARACION DE INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE INVERSION DEL CENTRO DE CONSTRUCCION DE CARDIOESTIMULADORES DEL URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 24/08/1977
Publicación: 05/09/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 308
   Visto: la gestión promovida por el doctor Orestes Fiandra tendiente a
que se declare de Interés Nacional la fabricación de marcapasos en Uruguay
y se le conceden determinadas exoneraciones.

   Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial en base a la
evaluación de la Unidad de Asistencia Técnica para el Desarrollo
Industrial, considera que corresponde declarar de Interés Nacional la
actividad de fabricación de marcapasos, sus componentes y accesorios que
realice el Centro de Construcción de Cardioestimuladores del Uruguay S.A.
(en formación) y propone se le concedan diversas medidas promocionales.

   Considerando: I) Que la gestión tiene por finalidad mejorar la
tecnología de producción al agregar a la línea marcapasos
ventrículo-sincronizados, marcapasos con pilas de energía nuclear y kits
precalibrados y grabados en origen;

II) Que se adelanta en el programa de investigaciones y tecnología
aplicada orientada a seguir perfeccionando los productos que se fabrican
en el país, capacitando profesionales y técnicos en el uso de técnicas
altamente especializadas de implantación de marcapasos, así como de
contralor y certificación de calidad;

III) Que a través del proyecto se procura, también, aumentar y
diversificar las exportaciones al aspirar a la exportación de marcapasos
ventrículo-sincronizados;

IV) Que en consecuencia corresponde declarar de Interés Nacional la
referida actividad conforme a la ley 14.178 de Promoción Industrial, de 28
de marzo de 1974 y otorgarle los beneficios promocionales aconsejados por
la Unidad Asesora en su informe a fojas 66 vuelta a 67 vuelta.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Industrias, Unidad
de Asistencia Técnica para el Desarrollo Industrial, lo aconsejado por la
Unidad Asesora de Promoción Industrial, lo dictaminado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo establecido en la ley
14.178 de Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974,

                           El Presidente de la República

                                   RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la fabricación de marcapasos, sus
componentes y accesorios que realice el Centro de Construcción de
Cardioestimuladores del Uruguay S.A. (en formación), con destino al
mercado local y mercados externos de acuerdo al proyecto presentado de
conformidad a lo establecido en la Ley de Promoción Industrial 14.178 de
28 de marzo de 1974.

APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI -
EDUARDO J. SAMPSON - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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