Exonérase, en forma total por 5 años, el Centro de Construcción de
Cardioestimuladores del Uruguay S.A. (en formación), de todo tributo que
grave las rentas de la empresa, así como su distribución o adjudicación
sea cual fuere la forma que se realice, siempre que provengan de la parte
del giro declarado de Interés Nacional (Artículo 8º, literal A) de la ley
14.178 de Promoción Industrial).