Resolución N° 132/989


AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE. NUÑEZ TRANSPORTE Y TURISMO




Promulgación: 07/03/1989
Publicación: 28/07/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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   Los servicios autorizados quedarán sometidos a las disposiciones vigentes sobre transporte nacional colectivo de pasajeros por carretera, debiendo tener sus horarios y frecuencias la previa autorización de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Las tarifas serán aprobadas por el Poder Ejecutivo.
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