El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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El régimen especial establecido en la presente resolución amparará la desocupación generada por todas las causales previstas en A) y C) del artículo 5° del Decreto-Ley N° 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399 de 24 de octubre de 2008 y con las características detalladas en el presente régimen especial, desde el 1° de junio de 2023 y por el término de seis meses por trabajador.