Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La Resolución Nº 967/001, de 25 de julio de 2001.
RESULTANDO: Que por dicha Resolución se amplió por el plazo de 90
(noventa), días el beneficio del Seguro por Desempleo que concede el
Banco de Previsión Social, a 11 (once), de los trabajadores de la
MUTUALISTA ISRAELITA DEL URUGUAY (MIDU), que se encontraren en
condiciones legales de acceder al mismo.
CONSIDERANDO: Que no se incluyó en dicha Resolución a una trabajadora,
que se encontraba en condiciones de acceder al beneficio, por lo que se
entiende pertinente modificar el artículo 1º de la misma a efectos de que
pueda gozar de la ampliación del beneficio.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE