AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO. JORGE DENIS PRONCZUK MAZUROK




Promulgación: 15/11/1994
Publicación: 01/12/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

2

El autorizado deberá iniciar los servicios dentro del plazo de 60
(sesenta) días a partir de la notificación de la presente Resolución, so
pena de revocación de la autorización. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 7.
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