DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ELECTROPLAST S.A.




Promulgación: 08/03/1989
Publicación: 28/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 276
    Visto: la  solicitud de  la firma  "Electroplast S.A."  dedicada a  la
producción de  equipos para  sueros y jeringas, tendiente a obtener al
amparo del decreto ley 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo
de 1974,  la declaración  de Interés Nacional para la actividad que se
propone realizar  según su  proyecto de  inversión y  la concesión  de
diversos beneficios promocionales.

    Resultando: I)  El proyecto  presentado se refiere a la instalación de
una nueva  máquina de  inyección a  efectos de mejorar y garantizar la
higiene en la producción;

   II) La  Unidad Asesora  de Promoción  Industrial resolvió propiciar la
declaración de  Interés Nacional  para la  actividad del  proyecto  de
inversión  presentado   por  "Electroplast  S.A."  y  propone  medidas
promocionales.

   Considerando: que  el proyecto  presentado por  la firma "Electroplast
S.A." encuadra dentro de los objetivos del decreto ley 14.178.

   Atento: a  lo  expuesto,  lo  aconsejado  por  la  Unidad  Asesora  de
Promoción Industrial,  lo dictaminado  por la  Asesoría  Jurídica  del
Ministerio de  Industria y Energía y lo establecido por el decreto ley
14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974,

                    El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

      Declárase  de Interés Nacional  la  actividad  del  proyecto  de
inversión presentado por "Electroplast S.A.", dedicada a la producción
de equipos  para sueros  y jeringas,  para la instalación de una nueva
máquina de  inyección  a  efectos  de  garantizar  la  higiene  en  la
producción.

2

      Exonérase en forma total a la empresa "Electroplast S.A." de todo
recargo incluso  el mínimo,  derechos  y  tasas  consulares,  Impuesto
Aduanero Unico  a la  Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en
general, todo  tributo cuya  aplicación corresponda  en ocasión  de la
importación del  siguiente equipamiento  previsto  en  el  proyecto  y
declarado "no competitivo de la industria nacional":

- Una (1) Máquina inyectora completa, con accesorios.
- Una (1) Máquina pulidora completa, con accesorios.
- Un (1) Taladro eléctrico completo, con accesorios.

3

      A los efectos del control y seguimiento, la empresa "Electroplast
S.A." deberá  documentar ante  el Ministerio  de Industria  y  Energía
anualmente y  durante los  años 0  a 10  de la  puesta en  marcha  del
proyecto, los  volúmenes físicos  y en valores monetarios producidos y
los vendidos,  sin perjuicio  de toda  otra  información  que  le  sea
requerida.

4

      A los efectos de la  aplicación de  los beneficios  promocionales
dispuestos precedentemente,  así como  lo establecido en la resolución
de la  Administración Nacional  de Puertos del 19 de marzo de 1987, el
Ministerio de  Industria  y  Energía,  previo  informe  de  la  Unidad
Asesora, certificará  a los  organismos competentes  la pertinencia de
los mismos,  de acuerdo  con su  adecuación al  proyecto declarado  de
Interés Nacional.

5

      Declárase que deberá darse estricto  cumplimiento  a  las  normas
vigentes emanadas  de las  autoridades competentes en la implantación,
ejecución y  funcionamiento del  presente proyecto.  Su incumplimiento
podrá cuando  a ello  hubiere mérito,  traer aparejado  de oficio  o a
petición de parte la revocación de la declaración de Interés Nacional,
de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley 14.178
de Promoción  Industrial y  demás disposiciones  concordantes o que se
establezcan.

6

      Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - OPE PASQUET IRIBARNE - LUIS MOSCA
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