Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de
Pesca, a los fines que se expresarán;
Resultando: I) con fecha 18 de agosto de 1995, la firma NATIONAL
URUGUAY TRADING LTDA., solicitó el correpondiente permiso para ejercer
actividades de comercializacion al por mayor, de producto de pesca;
II) el Instituto Nacional de Pesca, con fecha 15 de noviembre de
1995, expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente
para acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con
todas las obligaciones de información que, con fines técnicos,
estadísticos o de investigación, le fueren requeridos por el Instituto, en
ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto ley Nº 14.484, de
18 de diciembre de 1975;
Considerando: conveniente, de acuerdo con los informes favorables
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por el Instituto
Nacional de Pesca;
Atento: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley Nº 13.833, de 29 de
diciembre de 1969, los Arts. 20 y 21 del decreto Nº 711/971, de 28 de
octubre de 1971, decreto Ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975, y a lo
informado por la Dirección de Servicios Jurídicos del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Otórgase a favor de la firma NATIONAL URUGUAY TRADING LTDA., el
correspondiente permiso para ejercer actividades de comercialización al
por mayor, de productos de la pesca.