Autorízase a la empresa H.C.U. S.A. - HOTEL CORPORATION OF URUGUAY
S.A. a usufructuar el beneficio previsto en el artículo 3º Inciso a. del
Decreto Nº 124/001, otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor
Agregado a la adquisición de bienes y servicios en plaza, destinados a la
construcción, mejora o ampliación (infraestructura y obra civil), por
hasta un monto imponible de U$S. 1:718.876 (dólares americanos un millón
setecientos dieciocho mil ochocientos setenta y seis). (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 562/003 de 14/05/2003 numeral 1.
Ver en esta norma, numeral:9.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.360/001 de 19/09/2001 numeral 2.