APROBACION DEL PROYECTO DE CONTRATO DE OPERACION AEROPORTUARIA ENTRE PUERTA DEL SUR S.A. Y CEDICOR S.A.




Promulgación: 20/02/2017
Publicación: 06/03/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la petición formulada por parte de Puerta del Sur S.A. por la que solicita se apruebe la sustitución del actual Operador Aeroportuario del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral Cesáreo L. Berisso" SEA SpA (Societá Per Azioni Esercizi Aeroportuali), proponiendo en su lugar a Cedicor S.A. en su carácter de controlante de Corporación América S.A.

   RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 12 de noviembre de 2003, oportunamente se aprobó la selección y proyecto de Contrato presentado por Puerta del Sur S.A., para la contratación de la Empresa SEA SpA (Societá per Azioni Esercizi Aeroportuali) como Operador Aeroportuario del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso", quien desde entonces y hasta el presente se desempeña en dicho carácter.

   II) que la concesionaria Puerta del Sur S.A. propone para la sustitución del Operador Aeroportuario, a la Empresa Cedicor S.A. en su carácter de controlante de Corporación América S.A.(CASA), entendiendo que se verifican a su respecto todos los requisitos exigidos en el punto 2.1.1 del "Régimen de Gestión Integral" aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002.

   III) que Puerta del Sur S.A. y la Empresa SEA SpA (Societá per Azioni Esercizi Aeroportuali) han acordado la rescisión del vínculo contractual que les unía respecto del Contrato de Operador Aeroportuario del Aeropuerto Internacional de Carrasco referido, habiéndose expresamente establecido que la eficacia de dicha rescisión quede subordinada a la aprobación administrativa de la sustitución gestionada y la asunción como nuevo Operador Aeroportuario de la Empresa propuesta, de forma de asegurar la plena continuidad en el apoyo técnico a la gestión integral que en todo momento debe recibir el concesionario.

   IV) que Puerta del Sur S.A. presenta su propuesta de sustitución acompañada de la correspondiente justificación respecto de la verificación de los requisitos técnicos y económicos financieros en relación al sustituto propuesto, así como agregando el proyecto de Contrato a celebrar con el mismo.

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo que establece el punto 2.1.2 in Fine del citado "Régimen de Gestión Integral", en caso de rescisión del Contrato de Operador Aeroportuario el Contratista presentará, en un solo acto, la solicitud de sustitución del Operador Aeroportuario con la justificación respectiva y la solicitud de sustitución por un nuevo Operador Aeroportuario para lo cual cabrán los mismo requisitos, formalidades y plazos que en el proceso de autorización original, no pudiéndose hacer efectiva dicha sustitución hasta que el Poder Ejecutivo no haya culminado el proceso de aceptación del nuevo Operador Aeroportuario.

   II) que de los antecedentes agregados por el Contratista Puerta del Sur S.A., los que oportunamente fueran examinados por parte de los servicios técnicos del Ministerio de Defensa Nacional y de la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias, surge que El Operador Aeroportuario propuesto en sustitución del actual, posee ampliamente los requisitos técnicos operativos, así como económicos financieros, por lo que a este respecto la propuesta no mereció observación alguna.

   III) que el proyecto de Contrato, en los términos que surgen de fojas 235 a 240 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional N° 201601365-2, se ajusta y no modifica al Contrato de Gestión Integral celebrado entre el Estado y Puerta del Sur S.A.

   IV) que atento a lo anterior se estima que corresponde autorizar la sustitución peticionada y proceder a la aprobación del correspondiente Contrato y sus Anexos A y B (agregados a fojas 12 y 13, y de fojas 14 a 28 respectivamente, del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número 2016.03617-2), debiendo el Contratista oportunamente acreditar, ante la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias, el efectivo otorgamiento del Contrato de Operador Aeroportuario con la firma Cedicor S.A., a partir del cual se entenderá que ésta formalmente ha quedado constituida en el Operador Aeroportuario del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso".

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Departamento Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y por la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la sustitución del actual Operador Aeroportuario, del Aeropuerto Internacional "Gral. Cesáreo L. Berisso", SEA SpA (Societá Per Azioni Esercizi Aeroportuali), aprobándose en su lugar a la firma Cedicor S.A., en su carácter de Empresa controlante de Corporación América S.A.

2

   Apruébase el proyecto de Contrato, en los términos que surgen de fojas 235 a 240 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional N° 201601365-2, y sus Anexos A y E  que lucen agregados de fojas 12 a 28 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número 201603617-2, para la contratación de la empresa Cedicor S.A. como Nuevo Operador Aeroportuario del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso".

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 137/017 de 
20/02/2017.

3

   La Contratista deberá acreditar ante la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, el efectivo otorgamiento del Contrato de Operador Aeroportuario con la firma Cedicor S.A., recién a partir del cual se entenderá que ésta formalmente ha quedado constituida como Operador Aeroportuario del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso" en sustitución de quien hasta el presente ostenta dicha función.

4

   Pasen las presentes actuaciones a la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, a efectos de proceder a notificar del presente acto a la interesada, así como dar cumplimiento con lo ordenado en el numeral precedente, dando oportunamente cuenta de lo actuado al Ministerio de Defensa Nacional. Cumplido, por el Departamento de Administración Documental archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE MENÉNDEZ
Ayuda