El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º de
la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de
la empresa Montevideo Refrescos S.A. hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 8:720.000 y siempre que se realicen dentro del plazo de
4 años a partir de la presente resolución, todo de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de
noviembre de 1979.