El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Establécese que si las emisiones autorizadas, en la práctica produjeran interferencias perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya instalados, los adjudicatarios deberán cesar de inmediato las transmisiones, comunicar el hecho a la URSEC y tomar las medidas necesarias para corregir las interferencias.