El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Determínase que luego de la autorización, los adjudicatarios deberán presentar ante la URSEC en el plazo de treinta días, los recaudos técnicos que se soliciten; prorrogables por quince días por causas de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido el término sin que los interesados presenten la información técnica requerida, se producirá la revocación de la autorización y la liberación de las frecuencias correspondientes, sin necesidad de previa intimación, salvo razón justificada.