El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones del capital social
de la empresa Piral S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a
dólares 308.300 y siempre que se realicen dentro del plazo de 1 año a
partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 64 del decreto 663/979 de 19 de noviembre de 1979.