REGULARIZACION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RADIODIFUSION COMUNITARIA A DETERMINADAS ASOCIACIONES CIVILES




Promulgación: 23/03/2011
Publicación: 05/04/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 615
Ver vigencia: Resolución Nº 548/018 de 22/10/2018 numeral 1.
Referencias a toda la norma

2

 Otórgase un plazo de noventa días contados desde la notificación del
presente acto, para que -según el caso- los oferentes acrediten la
constitución de la Asociación Civil o completen el trámite constitutivo de
la misma. Dicho plazo tiene carácter perentorio, produciéndose la
revocación automática de las autorizaciones y la liberación de las
frecuencias correspondientes, sin necesidad de previa intimación, en los
casos en que al vencimiento del plazo la Asociación no quede formalmente
constituida, salvo razón justificada.
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