Determínase que luego de la autorización, los adjudicatarios deberán
presentar ante la URSEC en el plazo de treinta días, los recaudos técnicos
que se soliciten; prorrogables por quince días por causas de fuerza mayor
debidamente justificadas. Transcurrido el término sin que los interesados
presenten la información técnica requerida, se producirá la revocación de
las autorizaciones y la liberación de las frecuencias correspondientes,
sin necesidad de previa intimación, salvo razón justificada.