AUTORIZACION DE DETERMINADO HORARIO PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES QUE GIRAN EN EL RAMO DE SUPERMERCADOS




Promulgación: 28/08/1975
Publicación: 11/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 588

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Los establecimientos que realicen el horario dominical referido en el
primer numeral de la presente resolución, deberán abonar a su personal
doble jornal.
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