El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
del decreto ley 14.178 se aplicará a las integraciones de capital social
de la empresa Fábricas Nacionales de Cerveza S.A. hasta un monto en moneda
nacional equivalente a U$S 725.196 y siempre que se realicen dentro del
plazo de 18 meses a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de
1979.