A los efectos del control y seguimiento, la empresa IMPRENTA CULTURA
S.A. deberá informar anualmente, ante la Comisión de Aplicación y en
forma simultánea ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería,
respecto de la implantación del proyecto durante los años 1 a 10, sobre
la ejecución y cumplimiento de las metas del proyecto, así como del uso
de los beneficios promocionales otorgados según esta Resolución.