Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por la firma S. BERTAMINI Y A. BERTAMINI
MENDOZA solicitando la extensión del Seguro por Desempleo para 11 (once),
de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a enviar al Seguro
por Desempleo a parte de su personal.
II) Que factores coyunturales adversos ajenos a su gestión, que han
afectado a la Industria de la Construcción, determinan que la empresa se
vea imposibilitada a reintegrar en forma inmediata a dichos
trabajadores.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta fuente de trabajo y
producción
III) Que se estima conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir instrumentando
las medidas tendientes a su reactivación.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y lo estatuido por el Decreto Ley
15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
1
Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días, el amparo al Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 12 (doce),
trabajadores de la empresa S. Bertamini y A. Bertamini Mendoza que
estuvieren en condiciones legales de acceder al mismo. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.520/000 de 20/12/2000 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.471/000 de 13/12/2000 numeral 1.