A los efectos de la supervisión que debe realizar el Ministerio de
Industria y Energía, "Arrozur S.A." deberá presentar a la Unidad Asesora, en forma anual y durante los cinco primeros años a partir de la puesta en
marcha del proyecto, la siguiente información:
a) Montos físicos y valor del arroz precocido producido; y
b) montos físicos y valor de las exportaciones del mencionado producto.