Ver vigencia: Resolución Nº 1.033/003 de 05/08/2003 numeral 2.
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
para la aprobación del Memorándum de Entendimiento suscrito el 4 de mayo
de 2001 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea Uruguaya en el
marco del Sistema de Cooperación de Fuerzas Aéreas Americanas
(SICOFAA).-
RESULTANDO: I) que el objeto del presente Memorándum es regular y
facilitar las condiciones de sobrevuelo y/o aterrizaje y/o acuatizaje de
aeronaves militares pertenecientes a una Fuerza en el territorio y aguas
jurisdiccionales de la otra sobre la base del principio de cooperación y
reciprocidad.-
II) que es aplicable a las aeronaves militares que realizan vuelos de
transporte con fines pacíficos tales como transporte de pasajeros, apoyo
logístico y misiones sanitarias, no quedando comprendidas las aeronaves
de combate.-
CONSIDERANDO: que la homologación del mismo resulta beneficiosa para las
partes celebrantes.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por las Asesorías
Jurídica del Comando General de la Fuerza Aérea y Letrada del Ministerio
de Defensa Nacional; a lo dispuesto por el Decreto 34/993 de 25 de enero
de 1993 y por la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 del
21 de octubre de 1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Homológase, en todas sus partes, el Memorándum de Entendimiento suscrito
el 4 de mayo de 2001 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea
Uruguaya en el marco del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas
Americanas (SICOFAA), en los términos que luce de fojas 3 a 4 del
expediente del Ministerio de Defensa Nacional número 01043555 el cual se
considera parte integrante de la presente Resolución.- (*)