VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de 4 de setiembre de 2001.-
RESULTANDO: I) que por la referida Resolución se aprobó el Pliego de
Condiciones para el llamado a presentación de Expresiones de Interés para
participar en una Licitación Pública posterior, con el objeto de obtener
la explotación de juegos de azar en un Casino que se deberá instalar en
un Complejo Turístico a construirse en el balneario Punta del Este,
departamento de Maldonado.-
II) que el Pliego de Condiciones aprobado establece, en su artículo 9º,
que los oferentes deberán presentar una garantía de mantenimiento de
oferta por un monto de U$S 100.000,oo (cien mil dólares de los Estados
Unidos de América).-
III) que una de las empresas interesadas, en ocasión de efectuar las
consultas previstas en el artículo 8º del Pliego, dejó constancia de la
inconveniencia de solicitar la referida garantía, teniendo en cuenta que
a la posterior Licitación Pública podrá presentarse cualquier oferente
nacional o extranjero, haya o no participado del llamado a Expresiones de
Interés.-
IV) que por tratarse la presente etapa de un llamado a Expresiones de
Interés, resulta indubitable que al eventual llamado a Licitación Pública
podrán presentarse tanto aquellos oferentes que hubieren prestado su
garantía en la presente etapa, como quienes no la hubieren
efectivizado.-
CONSIDERANDO: que se estima oportuno eliminar la exigencia de la garantía
prealudida, ya que la misma podría desestimular a los potenciales
inversores a realizar sus ofertas en la presente etapa, al generarles una
carga económica adicional, alterando la adecuada aplicación del principio
de igualdad de los oferentes, que debe regir en todas las etapas del
procedimiento de contratación.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Déjase sin efecto lo dispuesto en el artículo 9º del Pliego de
Condiciones Particulares para el Llamado a Expresiones de Interés para
participar en una Licitación Pública posterior con el objeto de otorgar
la concesión de la explotación de Juegos de Azar en un Casino a
instalarse en el balneario Punta del Este, departamento de Maldonado, que
fuera aprobado por Resolución del Poder Ejecutivo de 4 de setiembre de
2001.-