Comuníquese a la Dirección de Catastro Nacional, al Registro General de
inhibiciones (Sección Reivindicaciones), a la Intendencia Municipal de
Montevideo (Dirección de Arquitectura y la Dirección del Plan Regulador),
al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Dirección de Arquitectura y
Dirección de Vialidad), al Ministerio de Educación y Cultura, a la
Comisión del Patrimonio histórico, Artístico y Cultural de la Nación y a
los propietarios de los inmuebles mencionados.