El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa Manufactura Uruguaya S.A. (MUSA) hasta un monto en moneda
nacional equivalente a U$S 134.680 y siempre que se realicen dentro del
plazo de dieciocho meses a partir de la presente resolución, todo de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de
noviembre de 1979.