VISTO: la solicitud de la empresa CURTIEMBRE BRANAA S.A., tendiente a que
se sustituya el numeral 3º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
5 de abril de 2001, por la que se declaró promovida la actividad de su
proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta haber adelantado inversiones por lo que
solicita se amplíe el monto que se le otorgara para la exoneración
prevista en el art. 1º del Decreto Ley 15.548 de 17 de mayo de 1984,
hasta el importe total de aporte propio;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 de 28
de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 423/001 de 05/04/2001
numeral 3.