VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual
solicita sea aprobada la Resolución de la Dirección General de Aviación
Civil 157/999 de fecha 18 de junio de 1999.-
RESULTANDO: que por la precitada Resolución se concedió a la empresa "Los
Pájaros S.A." los servicios de transporte aéreo público nacional regular
y no regular de pasajeros, correo y/o carga entre puntos del territorio
nacional en las rutas Montevideo - Salto - Montevideo; Montevideo -
Rivera Montevideo; Montevideo - Melo - Montevideo; Montevideo - Paysandú
- Montevideo; Rivera - Salto - Rivera; Salto - Rivera - Salto; Salto -
Punta del Este - Salto y Rivera - Punta del Este - Rivera, con las
frecuencias diarias de 3, 3, 2, 1, 1, 1, 1 (noviembre a marzo) y 1
(noviembre a marzo) respectivamente y una tarifa por tramo de U$S 45 en
todos los casos.-
CONSIDERANDO: lo preceptuado por el artículo 37 del Decreto 325/974 de
fecha 26 de abril de 1974.-
ATENTO: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica y a lo
preceptuado por la Reglamentación de la Sección II del Capítulo II, del
Título IX del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto 39/977 de 25 de
enero de 1977 y a lo dispuesto por el artículo 6to. del Decreto 241/000
de 21 de agosto de 2000.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE: