VISTO: la solicitud de la empresa JUGOS DEL URUGUAY S.A., tendiente a que
se sustituya el numeral 1º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
9 de agosto de 2001, mediante la cual se modificó la Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 26 de octubre de 2000, por la que se declaró promovida
la actividad de su proyecto de inversión y a que se sustituya el numeral
3º. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de octubre de 2000,
por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de
inversión;
RESULTANDO: la empresa apeló al dictamen de competitivo de la industria
nacional de uno de los equipos que integraban la inversión, la cual ha
sido favorable y al mismo tiempo solicita sustituir uno de los equipos
por otro de menor valor usado;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE: