Visto: la gestión promovida por la firma Lajas Uruguayas S.A., tendiente a
que se declare de Interés Nacional y se le concedan ciertos beneficios a
la extracción y procesamiento de piedra laja con destino a la exportación
al amparo de la ley 14.178, de 28 de marzo de 1974.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial en base a la
evaluación de la Unidad de Asistencia Técnica para el Desarrollo
Industrial considera que corresponde declarar de Interés Nacional el
Proyecto para realizar la Extracción y Procesamiento de Piedra Laja con
destino a la exportación presentado por la firma Lajas Uruguayas S.A. y
propone se le concedan diversas medidas promocionales.
Considerando: de los asesoramientos recabados surge la conveniencia de
acceder a la solicitud de la firma Lajas Uruguayas puesto que el Proyecto
presentado cumple con los objetivos de los Planes de Desarrollo,
otorgándole los beneficios promocionales aconsejados por la Unidad Asesora
en su informe a fojas 29 y 30.
Atento: a lo informado por el Instituto Geológico "Ing. Eduardo Terra
Arocena", Dirección de Industrias, Unidad de Asistencia Técnica para el
Desarrollo Industrial, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido en la ley 14.178 de Promoción Industrial de 28
de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional el Proyecto para la Extracción y
Procesamiento de Piedras Laja con destino a la exportación presentado por
la firma Lajas Uruguayas S.A. de conformidad a lo establecido en la Ley de
Promoción Industrial 14.178 de 28 de marzo de 1974.
MENDEZ - LUIS H. MEYER - JUAN CARLOS BLANCO - VALENTIN ARISMENDI - EDUARDO
SAMPSON