REGLAMENTACION DEL JUEGO DE BINGO




Promulgación: 21/01/1980
Publicación: 07/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 113
   Visto: el decreto de fecha 7 de noviembre de 1979 por el que se
incorporó al "Bingo" como nueva modalidad de juego de azar explotable en
los Casinos del Estado.

   Resultando: que por el artículo 2º del citado decreto se estableció que
esta Secretaría de Estado reglamentaría la explotación de dicho juego,
previa propuesta de la Dirección General de Casinos.

   Considerando: I) Que en su mérito, este Ministerio procederá a aprobar
la reglamentación elevada por dicho Organismo, de acuerdo con las
facultades conferidas por la citada disposición;

   II) Que la misma tendrá carácter experimental y quedará sujeta a las
modificaciones que resulten de la experiencia práctica, una vez producida
su aplicación.

   Atento: a lo expuesto y a lo informado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas,

   El Ministro de Economía y Finanzas, en ejercicio de atribuciones
delegadas

                               RESUELVE:

1

   Apruébase la reglamentación del juego de "Bingo" a instalarse en los
Casinos del Estado, cuyo texto se inserta a continuación: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.
Referencias al numeral

ARISMENDI
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