DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. OFEROL S.A.




Promulgación: 06/03/1997
Publicación: 01/04/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 395

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   Otórgase a la firma OFEROL S.A. la exoneración prevista en el art. 1o.
del Decreto Ley No. 15.548, con la redacción dada por el art. 419 de la
Ley No. 15.903, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de
US$ 5.000.000, que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos
entre el 1o./09/97 y el 31/12/99.
  En virtud del art. 3o. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro
previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9o..
  La empresa OFEROL S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1o. del presente numeral, hasta el día
31/12/2000. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 982/999 de 27/10/1999 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 182/997 de 06/03/1997 numeral 2.
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