AUTORIZACION AL MTSS PARA UTILIZAR LA TRANSMISION SIMULTANEA DEL ACTO DEL 1° DE MAYO DE 2014




Promulgación: 11/04/2014
Publicación: 25/04/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 516
VISTO: la solicitud planteada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social a los efectos de utilizar la transmisión simultánea prevista en el
artículo 32 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 en la redacción
dada por el artículo 1° del Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008;

RESULTANDO: que la referida petición tiene por finalidad poder difundir el
mensaje del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social Dr. José A.
Bayardi, el próximo 1° de mayo, con motivo del Día de los Trabajadores;

CONSIDERANDO: I) que conforme a lo establecido en las normas citadas en el
VISTO de la presente resolución, corresponde al Poder Ejecutivo disponer
la precitada transmisión simultánea;

II) que se entiende que en el caso procede acceder a lo solicitado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 32
del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el
artículo 1° del Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008 y artículo 2° del
Decreto 350/986 de 8  de julio de 1986;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la transmisión
simultánea prevista en el artículo 32 del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto
223/008 de 28 de abril de 2008, el día 1° de mayo de 2014 con motivo del
Día de los Trabajadores.

2

 Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

JOSÉ MUJICA - JOSÉ BAYARDI - ROBERTO KREIMERMAN
Ayuda