VISTO: la gestión de la empresa ISUSA referente a la renuncia parcial a
la ejecución del proyecto de inversión que obtuvo la declaratoria
promocional con fecha 3 de mayo de 2001;
RESULTANDO: que realizado el análisis por la Dirección Nacional de
Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería de la
viabilidad del proyecto con las modificaciones propuestas
correspondientes, el proyecto es viable ya que cumple con los principales
objetivos previstos;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º. de
la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo la aprobación para la
ejecución parcial del mismo;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a la empresa ISUSA a no realizar la construcción de uno de
los depósitos que estaba previsto construir en el proyecto que fuera
declarado promovido por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de mayo
de 2001.