AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. 1540 KHZ. CV 154 RADIO CENTRO. SORIANO




Promulgación: 03/01/1997
Publicación: 17/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 25

2

   Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias perjudiciales dentro del área de servicio de otras difusoras o a otros servicios radioeléctricos ya instalados, dicha emisora deberá cesar de inmediato las transmisiones, reducir su potencia y volver a operar con 0,1 KW, de conformidad a lo establecido por la Resolución del Poder Ejecutivo 54.715 de 10 de julio de 1979.
Ayuda