Ver vigencia: Resolución Nº 1.224/005 de 17/11/2005 numeral 1.
9
Para transportar objetos postales "AIR EURO AMERICA S.A." (UAIR) y "AIR
CLASS Líneas Aéreas" (AERO VIP LTDA.), deberán obtener autorización de la
Dirección Nacional de Correos y asimismo para operar como aeronave
sanitaria, cumplir con todas las previsiones del Ministerio de Salud
Pública y las Reglamentaciones Aeronáuticas vigentes.