VISTO: la solicitud de la empresa BARRACA DEAMBROSI S.A., tendiente a que
se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de octubre de
1999, por la que se declaró de Interés Promocional la actividad de su
proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta la necesidad de adquirir nuevos equipos
y maquinaria y de adaptar un lugar dentro del predio fabril para el
envasado de un nuevo producto de soja, estilo simil mayonesa;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentada por BARRACA DEAMBROSI S.A.
da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, del 7 de enero
de 1998:
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de octubre de
1999, por la que se declaró de Interés Nacional la actividad del proyecto
de inversión de la empresa BARRACA DEAMBROSI S.A. en el sentido de
incluir:
* Un (1) sistema de dosificación.
* Un (1) dispensor de línea completo con accesorios y repuestos.
* Un (1) molino coloidal.
* Una (1) envasadora para envase "Doy Pack".
* Una (1) selladora de seguridad para tapa de frascos.
dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º., declarado
no competitivo de la industria nacional.