El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el art. 9 del
Decreto Ley Nº. 14.178, con la redacción dada por el art. 201 de la Ley Nº
15.851 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la
empresa CRISTALPET S.A. hasta un monto de moneda nacional equivalente a
U$S 1.428.000, siempre que se realicen dentro del plazo de 18 meses a
partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto por el
art. 111 del Decreto Nº 840/988 del 14 de diciembre de 1988.