AUTORIZACION A PUERTOS DEL LITORAL S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE NUEVA PALMIRA. PUERTO DE PAYSANDU. RESOLUCION ANP 77/3.627




Promulgación: 23/05/2012
Publicación: 29/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 1164
VISTO: la gestión promovida por la empresa PUERTOS DEL LITORAL S.A., ante
la Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la prestación de servicios portuarios.

RESULTANDO: I) Que la misma se extiende para el Grupo "A La Mercadería" en
las categorías: A) "Empresas Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas
Estibadoras de Carga General", D) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E)
"Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en
los Puertos de Nueva Palmira y Paysandú.

II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión.

III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su
Directorio N° 77/3.627 de 22 de febrero de 2012, procedió autorizar a
dicha empresa la habilitación gestionada, supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo.

IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron al respecto no formulando objeciones.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 77/3.627 de 22 de febrero de 2012 (*), por la cual se autorizó la habilitación a la empresa PUERTOS DEL LITORAL S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "A La Mercadería" en las categorías:
A) "Empresas Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas Estibadoras de
Carga General", D) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E) "Empresas
Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en los Puertos
de Nueva Palmira y Paysandú, y posterior inscripción en el Registro
General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.



JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO
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