CESION DE ACCIONES. TELEVISION PARA ABONADOS. CABLE COLOR OESTE LTDA.




Promulgación: 24/12/2002
Publicación: 03/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1741
Referencias a toda la norma
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones, da cuenta de la gestión promovida por la 
empresa "CABLE COLOR OESTE LTDA.", permisionaria del Servicio de 
Televisión para abonados en la ciudad de Dolores, departamento de 
Soriano, por la cual solicita autorización para transferir la titularidad 
del servicio referido, a favor de la empresa "TECNILO S.A.".-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de 
julio de 1993, se autorizó al señor Luis Omar Andriolo Sasso, a prestar 
el servicio de Televisión para Abonados por el sistema cable en la ciudad 
de Dolores, departamento de Soriano.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 72/999 de 9 de febrero de 
1999, modificada por la Resolución del Poder Ejecutivo 313/999 de 11 de 
mayo de 1999, se autorizó la transferencia de titularidad del mencionado 
permisionario del servicio, a favor de la empresa "CABLE COLOR OESTE 
LTDA.", de la ciudad de Dolores, departamento de Soriano.-

III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 382/999 de 26 de mayo de 
1999, se aprobó la instalación por la permisionaria, de un sistema de 
MMDS, para emitir desde la ciudad de Dolores.-

CONSIDERANDO: I) que ha transcurrido el plazo de cinco años desde la 
autorización, previsto por el artículo 19 del Decreto 349/990 de 7 de 
agosto de 1990.-

II) que las partes han cumplido con la totalidad de los requisitos 
exigidos por la normativa aplicable al caso.-

III) que no existen inconvenientes en acceder a transferir la totalidad 
de las acciones a favor de la empresa "TECNILO S.A.".-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los Decretos 
349/990 de 7 de agosto de 1990, 586/990 de 18 de diciembre de 1990, 
347/992 de 21 de julio de 1992, Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo 
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y a lo 
informado por la Asesoría Letrada de la misma.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a la empresa "CABLE COLOR OESTE LTDA.", titular del servicio 
de Televisión para Abonados en la ciudad de Dolores, departamento de 
Soriano, a transferir dicha titularidad a favor de la empresa "TECNILO 
S.A.", integrada por los señores Juan Fernando Buffa Lainatti, Francisco 
Anselmo Buffa Lainatti, José Antonio Trullen Chequi, Danilo Castellano 
Novellino y Nelsa Marbelia Ríos Ilardulla.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU


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