El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Establécese que, para iniciar el trámite de aprobación del proyecto de obra hidráulica para el embalse de aguas del dominio público y solicitar el otorgamiento de derechos de uso privativo, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado deberá cumplir con todos los recaudos técnicos y jurídicos previstos por los instructivos e impuestos por la normativa vigente, tales como el Decreto N° 349/005, de 21 de setiembre de 2005, respecto de la solicitud ante la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Ambiente de la correspondiente autorización ambiental previa; sin perjuicio de los permisos o autorizaciones de otros organismos públicos y derechos de terceros que pudieran corresponder.