Exonérase a la firma "Acer S.A.", del Impuesto al Valor Agregado, según la
siguiente escala
100% (cien por ciento de exoneración para los años 1, 2, 3, 4 y 5.
70% (setenta por ciento) para los años 6 y 7.
40% (cuarenta por ciento) para los años 8 y 9.
La exoneración dispuesta en el numeral anterior, es sin perjuicio de lo
establecido por el artículo 88º Literal B) de la ley 14.100 del 29 de
diciembre de 1972.