Exonérase a la firma "Acer S.A.", en forma total del Impuesto Unico a la
Actividad Bancaria, para los préstamos bancarios referidos en los
numerales 2, 3, 4 y 5 precedentes y en ocasión de los créditos que
gestione la empresa en los años 1 a 6 de funcionamiento del proyecto
(Artículo 8º, literal A) de la Ley de Promoción Industrial).