CREACION DE COMISION ASESORA EN MATERIA DE POLITICA APICOLA - PRODUCTOS DE LA COLMENA




Promulgación: 16/09/1981
Publicación: 06/10/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1161
Referencias a toda la norma
   Visto: el decreto 595/978, de fecha 19 de octubre de 1978.

   Resultando: por el mencionado decreto se declara de Interés Nacional, a
los efectos de la ley 14.178, de 28 de marzo de 1974, de Promoción
Industrial, las actividades de extracción, procesamiento y envasado de
miel, obtención de productos de la colmena y actividades relacionadas que
comprendan la fabricación de colmenas, equipos e implementos para los
mismos.

    Considerando: I) Es necesario armonizar aspectos de la actividad
apícola, en todas sus etapas, arbitrando soluciones adecuadas a los
problemas que puedan surgir;

II) Conveniente estructurar un programa de desarrollo y fomento de la
apicultura, fijando una política adecuada que armonice los intereses de
los sectores de esa actividad.

    Atento: a las opiniones favorables del Ministerio de Agricultura y
Pesca, Ministerio de Industria y Energía, Universidad de la República y a
lo recomendado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión,

                     El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

    Créase una Comisión Asesora con el cometido de asesorar al Poder
Ejecutivo en materia de política apícola, integrada por un representante
del Ministerio de Agricultura y Pesca, que la presidirá, uno del
Ministerio de Industria y Energía, uno de la Universidad de la República y
dos representantes de los productores privados, debiendo ser por lo menos
uno de ellos integrante de una cooperativa de productores.
Al designarse los delegados deberán nombrarse alternos respectivos. 

GREGORIO C. ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES
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