Autorízase a la empresa UDEMAN S.A. (COMPLEJO TURISTICO SALTO SHOPPING)
a usufructuar las exoneraciones previstas en el artículo 3o. Inciso 1o.
del Decreto 291/95 (otorgamiento de un crédito por Impuesto al Valor
Agregado en la adquisición de bienes y servicios en plaza) por hasta la
suma de U$S 7.940.000, que será aplicable de la siguiente manera: U$S
5.237.000 a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1o./08/97 y el
31/07/99 y U$S 2.703.000 a los ejercicios fiscales comprendidos entre el
1o./08/99 y el 31/07/2001. (*)