El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9
de la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa Fildolán S.A., hasta un monto en moneda nacional equivalente
a dólares 447.500 y siempre que se realicen dentro del plazo de tres (3)
años a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto
por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de 1979.