A los efectos del control y seguimiento, la empresa Rusch Uruguay
Ltda. deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía,
anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto,
los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los exportados,
sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.