Exonérase en forma total a la empresa Lanera Santa María S.A. de
recargos, incluso el mínimo, derecho y tasas consulares, Impuesto Aduanero
Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos, y en general, de
todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento previsto en el proyecto declarado "competitivo de
la industria nacional", a excepción del Valor Agregado:
- Una (1) caldera standard con accesorios y repuestos.
- Una (1) prensa con accesorios y repuestos.