El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9
de la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa Lanera Santa María S.A. hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 250.700 y siempre que se realice dentro del plazo de dos
(2) años a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de
1979.